La economía GIG: un desafío tributario y laboral para los gobiernos
¿Qué tienen en común Uber, Rappi, Airbnb y Amazon Flex? Todas estas plataformas hacen parte de la llamada economía GIG o colaborativa, la cual se abre paso por un mundo en el que las aplicaciones para hacer negocios también crecen. Sin embargo, ¿cómo los gobiernos pueden regular este tipo de actividades comerciales y fijar su responsabilidad civil y penal? Este es uno de los interrogantes que plantea el presidente del Consejo Directivo de Utadeo Jaime Pinzón, en su más reciente columna de opinión en El Nuevo Siglo.
“La ubicuidad del internet y de los teléfonos inteligentes permite asignar encargos de forma automática e intercambio de bienes y servicios. El modelo se basa en la manifestación de ofertas, en la realización de labores esporádicas con el uso de tecnologías de la información, sin contrato se salta de un empleo a otro a cambio de una remuneración de la cual se descuenta porcentaje prefijado”, precisa el columnista.
De este modo, argumenta Pinzón, uno de los grandes problemas con este tipo de economía es que las cuentas de trabajo no ingresan a la contabilidad de las naciones, lo cual configura un detrimento en materia tributaria. De igual manera, en lo laboral, hay unas condiciones que vuelven precario el empleo, entre ellas que los prestadores de servicios no tengan vacaciones, cesantías y seguridad social.







