¿El Derecho Internacional Público es una ciencia objetiva o subjetiva? El artículo que desafía este paradigma en la Enciclopedia Max Planck

Contenido web archivado:

Este contenido es para fines históricos y no se le realizan actualizaciones

¿El Derecho Internacional Público es una ciencia objetiva o subjetiva? El artículo que desafía este paradigma en la Enciclopedia Max Planck

Destacadas
¿El Derecho Internacional Público es una ciencia objetiva o subjetiva? El artículo que desafía este paradigma en la Enciclopedia Max Planck
Jueves, Noviembre 12, 2020
Compartir en
El texto, de cerca de 20 páginas, escrito por el profesor tadeísta Fabián Cárdenas, del Área Académica de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales, y el abogado internacionalista, Jean d'Aspremont, cuestiona las bases fundamentales de esta rama del Derecho que por décadas se ha enseñado en las facultades del mundo.
Foto: Oficina de Comunicación

Una razón esencial para entender por qué es relevante cuestionar este y otros paradigmas del Derecho Internacional Público la tiene el profesor y abogado Fabián Cárdenas: "Creemos que el Derecho, contrario a lo que se ha dicho siempre de que funciona de manera objetiva, evitando que se cometan arbitrariedades, es una construcción social que lo hace naturalmente subjetivo, es producto de prácticas argumentativas de grupos expertos que comparten una formación y un lenguaje jurídico, lo que se conoce en el mundo académico como comunidades epistémicas". 

Un claro ejemplo de lo que es esa construcción de leyes y normas es lo que ocurrió hace unas semanas en Chile con el plebiscito constitucional que buscó decirle adiós a la Carta Magna que, desde la época de la dictadura de Augusto Pinochet, acompañaba al país austral. Un estallido social que tuvo su origen con la manifestación del movimiento estudiantil, en contra del alza de los pasajes del metro, en 2019, tiene hoy a este país a la espera de la elección de los miembros de la Convención Constituyente, que tendrá la labor de redactar el texto que reemplazará a la Constitución de 1980 y que será aprobada en un nuevo plebiscito.

Ese órgano constituyente, que estará integrado por 155 miembros, todos elegidos por voto popular en 2021, deberán tener en cuenta algunos de los principales temas que fueron el detonante para que se realizara este plebiscito: la desigualdad y las reformas sociales. Otro ejemplo claro lo vemos en el Acuerdo de París, que fue el resultado de negociaciones entre representantes de 195 países para definir acciones conjuntas que permitieran disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero que contribuyen al calentamiento global. Es así como se conforma una comunidad epistémica que se reúne periódicamente para generar acuerdos sobre un problema y su solución.

Ese concepto de comunidad epistémica, utilizado por primera vez por el profesor de Ciencias Políticas en la Universidad de Massachusetts Amherst, Peter Haas, para referirse a la emergencia de una red de actores gubernamentales, civiles y académicos de diferentes países que se congregaron para intercambiar información con el objetivo de revertir la contaminación del mar Mediterráneo, resultó fundamental para iniciar esta investigación y luego el artículo Epistemic Communities in International Adjudication que refuta algunos de los paradigmas que son la base del Derecho Internacional Público. 

"En el artículo rompemos el paradigma de que el Derecho es objetivo, que produce verdades, que reconoce cosas que preexisten, que es estático, que trata con igualdad a todos los actores, lo que se conoce como la igualdad soberana de los Estados. En este último es preciso señalar que no es así, porque hay unos Estados poderosos que los conocemos como del "primer mundo", mientras que nosotros somos del "tercer mundo" y lo que hacemos es recibir los desarrollos del primero. Existe una desigualdad", comenta el profesor Cárdenas, del Área Académica de Derecho, Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de Utadeo.

Visita del profesor Fabián Cárdenas a la Universidad Leiden; en la parte posterior, de saco azul oscuro y pelo largo, se encuentra el profesor Jean d'Aspremont. Foto: Cortesía. 
En cerca de 20 páginas, Cárdenas y el teórico legal y abogado internacionalista, Jean d'Aspremont, analizan una a una las ideas fundacionales y esenciales del Derecho Internacional Público que por décadas se han enseñado en las facultades. Su aporte es tan significativo que la Enciclopedia Max Planck de Derecho Internacional Público tuvo en cuenta el artículo para que fuese publicado en su sitio web. 

Cabe señalar que la Enciclopedia Max Planck de Derecho Público Internacional (MPEPIL) contiene artículos revisados por expertos sobre diferentes áreas del derecho público internacional, como derecho penal, derechos humanos, derecho económico y derecho medioambiental. Que el artículo de los profesores Cárdenas y d'Aspremont sea publicado en este libro resulta toda una hazaña, ya que los textos son revisados ​​por académicos y profesionales, que, actuando como pares evaluadores, controlan que sus colegas de otras disciplinas sigan estándares de calidad en las publicaciones.

Para el profesor Cárdenas esa "hazaña" expresa muy bien lo que explica sobre la desigualdad entre unos y otros Estados, e incluso, lo que trata el artículo: “Cuando uno entiende que el Derecho Internacional Público funciona así, quienes somos del "tercer mundo" procuramos hacer parte de esas comunidades epistémicas y desde allí buscamos transformar las cosas, porque ese cambio no se logra quejándose. Si uno quiere generar transformación le toca ir y probablemente formarse en Europa, hablar inglés, meterse dentro de sus instituciones y siendo parte de la comunidad epistémica, lograr esos cambios. Eso es lo que hice con este artículo", comenta. 

El texto fue el broche de oro que cerró la experiencia del profesor Cárdenas como docente visitante en la Universidad de Leiden (Países Bajos). Allí se conoció con el profesor belga Jean d'Aspremont, afiliado a la Facultad de Derecho de Sciences Po en París, así como a la Universidad de Manchester, donde Cárdenas fue invitado como docente del Doctorado en Derecho Internacional. Entre las muchas conversaciones sostenidas, los dos encontraron inquietudes similares que buscaron plasmar en este artículo tan bien estructurado.  

Reconocimiento personería jurídica: Resolución 2613 del 14 de agosto de 1959 Minjusticia.

Institución de Educación Superior sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional.