Hola querido tadeísta. Te recordamos que las fechas establecidas en el Calendario Académico para VALIDACIÓN DE ASIGNATURAS en 2018-1S es del 16 de febrero al 11 de mayo de 2018.
Cada solicitud deberá ser registrada a través del portal de estudiantil y será respondida según la decisión que tome el Comité Curricular del Programa.
A continuación, damos a conocer lo que indica el reglamento estudiantil sobre este tema:
ARTÍCULO 27°. Validación de asignaturas.
Es el proceso al que se somete un estudiante regular matriculado en un programa académico, en razón de su formación previa, experiencia profesional o estudios realizados, con el propósito de comprobar el dominio conceptual, técnico y metodológico de una asignatura, lo cual exime al estudiante de cursar, desarrollar y aprobar la asignatura. La calificación obtenida deberá registrarse en el historial académico. El valor de las validaciones será establecido por el Consejo Directivo a través del Acuerdo de Derechos Pecuniarios.
Los mecanismos para la validación serán establecidos por el Comité Curricular del programa académico teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
a) El estudiante podrá solicitar por una sola vez la validación de una asignatura.
b) La validación no aplica para asignaturas que hayan sido cursadas y perdidas en la Universidad.
c) Las asignaturas validadas harán parte del promedio ponderado del período académico en que se presenta la prueba.
d) Las validaciones se realizarán en las fechas que defina el Calendario Académico.
e) El estudiante deberá aceptar el acta de resultado de la prueba de validación de la respectiva asignatura, para su registro en el historial académico.
f) Las modalidades de opción de grado no serán objeto de validación.
PARÁGRAFO. Podrán aceptarse como evidencia los resultados de pruebas estandarizadas externas, previa aprobación de la Vicerrectoría Académica.
Cada solicitud deberá ser registrada a través del portal de estudiantil y será respondida según la decisión que tome el Comité Curricular del Programa.
A continuación, damos a conocer lo que indica el reglamento estudiantil sobre este tema:
ARTÍCULO 27°. Validación de asignaturas.
Es el proceso al que se somete un estudiante regular matriculado en un programa académico, en razón de su formación previa, experiencia profesional o estudios realizados, con el propósito de comprobar el dominio conceptual, técnico y metodológico de una asignatura, lo cual exime al estudiante de cursar, desarrollar y aprobar la asignatura. La calificación obtenida deberá registrarse en el historial académico. El valor de las validaciones será establecido por el Consejo Directivo a través del Acuerdo de Derechos Pecuniarios.
Los mecanismos para la validación serán establecidos por el Comité Curricular del programa académico teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
a) El estudiante podrá solicitar por una sola vez la validación de una asignatura.
b) La validación no aplica para asignaturas que hayan sido cursadas y perdidas en la Universidad.
c) Las asignaturas validadas harán parte del promedio ponderado del período académico en que se presenta la prueba.
d) Las validaciones se realizarán en las fechas que defina el Calendario Académico.
e) El estudiante deberá aceptar el acta de resultado de la prueba de validación de la respectiva asignatura, para su registro en el historial académico.
f) Las modalidades de opción de grado no serán objeto de validación.
PARÁGRAFO. Podrán aceptarse como evidencia los resultados de pruebas estandarizadas externas, previa aprobación de la Vicerrectoría Académica.


